CAPITULO I - CREACION Y OBJETIVOS
El Instituto tendrá los siguientes objetivos: A) Formular y ejecutar los programas de investigación agropecuaria tendientes a generar y adaptar tecnologías adecuadas a las necesidades del país y a las condiciones socio-económicas de la producción agropecuaria; B) Participar en el desarrollo de un acervo científico y tecnológico nacional en el área agropecuaria a través de su propia actividad o de una eficiente coordinación con otros programas de investigación y transferencia de tecnología agropecuaria que se lleven a cabo a niveles público o privado; C) Articular una efectiva transferencia de la tecnología generada con las organizaciones de asistencia técnica y extensión que funcionan a niveles público o privado. D) Promover la sustentabilidad ambiental dentro de sus programas de investigación y contribuir a la reducción de la huella de carbono en el sector agropecuario. (*)
(*)Notas:
Literal D) ver vigencia: Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo 5. Literal D) agregado/s por: Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo 526.Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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