LEY DE SOCIEDADES COMERCIALES




Promulgación: 04/09/1989
Publicación: 01/11/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 190
Reglamentada por: Decreto Nº 335/990 de 26/07/1990.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES
SECCION X - DE LA DOCUMENTACION Y CONTABILIDAD

Artículo 88

  (Ejercicio económico).- El ejercicio económico será de un año y su
fecha de cierre será determinada por los administradores de la sociedad.

   La duración del ejercicio sólo podrá ser modificada excepcionalmente
con aprobación de la mayoría social o de la asamblea en su caso y
tratándose de una sociedad anónima abierta con la conformidad del      órgano estatal de control. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 18.362 de 06/10/2008 artículo 499.
Ver en esta norma, artículos: 344 y 512.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 16.060 de 04/09/1989 artículo 88.
Referencias al artículo
Ayuda