LEY DE SOCIEDADES COMERCIALES




Promulgación: 04/09/1989
Publicación: 01/11/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 190
Reglamentada por: Decreto Nº 335/990 de 26/07/1990.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - DE LAS SOCIEDADES EN PARTICULAR
SECCION V - DE LAS SOCIEDADES ANONIMAS
SUB SECCION XII - DE LOS BONOS O PARTES BENEFICIARIAS

Artículo 428

   (Contenido de los títulos). Los títulos representativos de los bonos o
partes beneficiarias deberán contener:
1)  La denominación "Bono" o "Parte Beneficiaria".
2)  El lugar y fecha de la creación del título.
3)  La denominación, domicilio y sede de la sociedad.
4)  La referencia a las normas estatutarias o a la decisión de la
    asamblea que resuelva su emisión.
5)  El número de partes beneficiarias en que se divida la emisión y su
    respectivo número de orden.
6)  El nombre del beneficiario o la cláusula al portador.
7)  Los derechos que le serán atribuidos, el plazo de duración y las
    condiciones de rescate, en su caso.
8)  La firma del o de los representantes de la sociedad.
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