LEY DE SOCIEDADES COMERCIALES




Promulgación: 04/09/1989
Publicación: 01/11/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 190
Reglamentada por: Decreto Nº 335/990 de 26/07/1990.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - DE LAS SOCIEDADES EN PARTICULAR
SECCION V - DE LAS SOCIEDADES ANONIMAS
SUB SECCION XI - DEL CONTROL DE LAS SOCIEDADES ANONIMAS
1.- DE LA FISCALIZACION PRIVADA

Artículo 407

   (Responsabilidad solidaria con los integrantes del órgano de
administración). Los síndicos y los integrantes de la comisión fiscal, en
su caso, serán responsables solidariamente con el administrador o
directores por los hechos u omisiones de éstos, cuando el daño no se
hubiera producido si hubieran actuado de conformidad con las obligaciones
de su cargo.
Referencias al artículo
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