LEY DE SOCIEDADES COMERCIALES




Promulgación: 04/09/1989
Publicación: 01/11/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 190
Reglamentada por: Decreto Nº 335/990 de 26/07/1990.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - DE LAS SOCIEDADES EN PARTICULAR
SECCION V - DE LAS SOCIEDADES ANONIMAS
SUB SECCION II - DE LA CONSTITUCION
2° CONSTITUCION POR SUSCRIPCION PUBLICA

Artículo 262

   (Contrato de suscripción). El contrato de suscripción será preparado en
doble ejemplar por el fiduciario y deberá contener transcripto el programa
que el suscriptor declarará conocer y aceptar, suscribiéndolo. Además se establecerá:
1)  La individualización del suscriptor y su domicilio.
2)  El número de las acciones suscriptas.
3)  El anticipo de integración en efectivo cumplido en ese acto y las
    promesas de aportes en especie.
4)  La constancia de la inscripción del programa.
5)  La fecha y lugar de celebración de la asamblea constitutiva y su
    orden del día.
El segundo ejemplar del contrato con el recibo del pago efectuado, cuando
corresponda, se entregará al interesado por el fiduciario. (*)
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