CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES SECCION XI - DE LA TRANSFORMACION
Artículo 107
(Publicación). Deberá publicarse por tres días, un extracto con las
estipulaciones más importantes de la resolución de transformación, en el
que se prevendrá que ésta y el balance especial estarán a disposición de
los socios o accionistas en la sede o sedes sociales, durante el plazo de
treinta días a contar del siguiente a la última publicación.
Las publicaciones se efectuarán en el Diario Oficial y en otro diario.