LEY DE SOCIEDADES COMERCIALES




Promulgación: 04/09/1989
Publicación: 01/11/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 190
Reglamentada por: Decreto Nº 335/990 de 26/07/1990.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES
SECCION II - DEL CONTRATO SOCIAL, DE LA PUBLICIDAD Y DEL PROCEDIMIENTO

Artículo 10

   (Modificaciones del contrato social). Las modificaciones del contrato
social deberán ser acordadas por los socios según se disponga para cada
tipo y se formalizarán con iguales requisitos a los exigidos para la
constitución de la sociedad.
   Cuando no se cumplan esos requisitos, las modificaciones serán
ineficaces frente a la sociedad, a los socios y a los terceros, no
pudiendo ser opuestas por éstos a la sociedad o a los socios aún alegando
su conocimiento. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 166 y 251.
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