CAPITULO IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 09 - MINISTERIO DE TURISMO
Las encuestas relacionadas con la actividad turística, o de interés para ésta, que realiza el Ministerio de Turismo por intermedio de la Dirección de Estadística y Censos, en el marco del proyecto de funcionamiento "Encuestas Sectoriales e Indicadores Económicos" a que se refiere el artículo 19 de la presente ley, se harán con cargo a las partidas presupuestales del Inciso 09, Ministerio de Turismo. Si la Dirección General de Estadística y Censos no pudiera realizar las encuestas mencionadas, el Ministerio de Turismo quedará facultado para contratar con empresas privadas, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, la realización de dichas encuestas.Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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