RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1986




Promulgación: 10/11/1987
Publicación: 18/11/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 658
Referencias a toda la norma

TITULO VII - DISPOSICIONES ESPECIALES Y COMPLEMENTARIAS

Artículo 594

    Toda atribución de titularidad y disponibilidad de fondos públicos
extrapresupuestales se entenderá hecha al 50% (cincuenta por ciento) de
los mismos, salvo las excepciones dispuestas por Ley. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 595 y 596.
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