RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1986




Promulgación: 10/11/1987
Publicación: 18/11/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 658
Referencias a toda la norma

CAPITULO VIII - NORMAS TRIBUTARIAS

Artículo 432

    Lo dispuesto en los dos artículos anteriores se aplicarán en
oportunidad de  fijarse nuevos precios de combustibles con posterioridad
a la promulgación de la presente ley.

(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 27.
Ver: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 112.
Referencias al artículo
Ayuda