RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1986




Promulgación: 10/11/1987
Publicación: 18/11/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 658
Referencias a toda la norma

CAPITULO V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 18 - CORTE ELECTORAL

Artículo 336

    Los funcionarios que ocupen cargos de Especialista I Dactilóscopo (D
15), percibirán la misma retribución, por todo concepto, que los de Jefe
de Sector (C 15).  La Contaduría General de la Nación habilitará el
crédito correspondiente.

Se efectuarán los siguientes pasajes de grado en la escala del artículo
50 de la ley 15.809, de 8 de  abril de 1986, Director de Departamento
Contador (A  20 a 22); Subdirector de Departamento Contador (A 19 a 21);
Jefe de Imprenta (E 16 a 17); los cargos del escalafón C (5 a 6).

Estas modificaciones entrarán en vigencia el 1º de mayo de 1987.
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