CAPITULO IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 13 - MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Artículo 287
Créanse en el Programa 005 "Formulación, Coordinación y Contralor de
la Promoción y Política Social", los siguientes cargos: un Director
Nacional de Promoción y Política Social (Ab E7), un Técnico IV Economista
(AaA E1) y cuatro Especialista II Promotor Social (AcC 12).
Esta disposición regirá a partir de la promulgación de la presente
ley.