RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1986




Promulgación: 10/11/1987
Publicación: 18/11/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 658
Referencias a toda la norma

CAPITULO IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 09 - MINISTERIO DE TURISMO

Artículo 195

    Cuando el trazado de un camino nacional ocupe, afecte o sustituya
total o parcialmente caminos de otra categoría, éstos serán calificados
como nacionales en la parte ocupada, afectada o sustituida.

El Poder Ejecutivo, previo dictamen de las reparticiones técnicas
competentes, podrá autorizar la permuta o enajenación a los propietarios
frentistas de la nueva ruta, de los tramos en desuso del antiguo trazado.
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