CAPITULO IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 09 - MINISTERIO DE TURISMO
Artículo 184
Habilítanse en el Programa 001 "Administración Superior", el Rubro 7
"Subsidios y otras Transferencias", por un monto de N$ 3:204.000 (nuevos
pesos tres millones doscientos cuatro mil), el Rubro 3 "Servicios no
Personales", por un monto de N$ 9:612.000 (nuevos pesos nueve millones
seiscientos doce mil) y el Rubro 9 "Asignaciones Globales", por un monto
de N$ 1:602.000 (nuevos pesos un millón seiscientos dos mil), a los
efectos de la instalación del Centro de Informes en el Exterior.
Para el ejercicio 1987, la partida creada precedentemente regirá a partir
de la promulgación de la presente ley.