RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1986




Promulgación: 10/11/1987
Publicación: 18/11/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 658
Referencias a toda la norma

CAPITULO IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 08 - MINISTERIO DE INDUSTRIA ENERGIA Y MINERIA

Artículo 177

    Exceptúase de lo establecido en el literal c) del artículo 26 de la
ley 15.809, de 8 de abril de 1986, para la incorporación definitiva de
los funcionarios del Ministerio de Defensa Nacional al Ministerio de
Industria y  Energía, siempre que los mismos reúnan los demás requisitos
establecidos en el mencionado artículo.

La Contaduría General de la Nación será la encargada de efectuar las
adecuaciones escalafonarias pertinentes.
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