RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1986




Promulgación: 10/11/1987
Publicación: 18/11/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 658
Referencias a toda la norma

CAPITULO IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 05 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 100

    Asígnase a partir del Ejercicio 1987, para los Programas 001
"Administración de Recursos de Apoyo a la Conducción Económico -
Financiera" y  002 "Auditoría Interna y Contabilidad General de la Gestión
Estatal", una partida anual de N$ 2:400.000 (nuevos pesos dos millones
cuatrocientos mil) y N$ 8:000.000 (nuevos pesos ocho millones),
respectivamente, para atender las erogaciones que demande la elaboración
del Presupuesto  Nacional y  las respectivas  Rendiciones de  Cuentas  y
Balance de Ejecución Presupuestal.

La apertura  de dichas  partidas por  rubros,  será  efectuada  por  los
jerarcas de los mencionados programas y se ajustarán, según corresponda,
por los procedimientos dispuestos en los artículos 6 y 69 de la ley
15.809, de 8 de abril de 1986. 
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