RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1985




Promulgación: 24/12/1986
Publicación: 31/12/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1986
  •    Página: 895
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL

Artículo 40

   Autorízase al Banco de la República Oriental del Uruguay a conceder al
Estado un crédito para financiar la compra del buque tanque, con destino a
la Armada Nacional, autorizada por el artículo 188 de la ley 15.809, de 8
de abril de 1986, así como a emitir las garantías que puedan requerirse.

  Asimismo, se autoriza al Banco de la República Oriental del Uruguay a
otorgar garantías a ANEP y Universidad de la República relacionada con las
inversiones autorizadas por los artículos 607 y 612 de la ley 15.809
referida cuyo servicio del financiamiento externo es de cargo de Rentas
Generales.
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