RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1985




Promulgación: 24/12/1986
Publicación: 31/12/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1986
  •    Página: 895
Referencias a toda la norma

CAPITULO VI - DIVERSOS CREDITOS

Artículo 150

  Asígnase con cargo al "Plan Nacional de Interconexión Vial" las
siguientes partidas para los siguientes destinos:

A) "Caminos Rurales del Fondo de Inversiones del Ministerio de Transporte
y Obras Públicas (FIMTOP)", la cantidad de N$ 487:340.000 (nuevos pesos
cuatrocientos ochenta y siete millones trescientos cuarenta mil), con
financiación del FIMTOP, la que será destinada a la construcción de
caminos rurales en el año 1987;
B) "Caminos Rurales (Endeudamiento Externo)", la cantidad de N$
487:340.000 (nuevos pesos cuatrocientos ochenta y siete millones
trescientos cuarenta mil), con financiamiento externo del Banco
Interamericano de Reconstrucción y Fomento (BIRF), la que será destinada a
la construcción de caminos rurales en el año 1987.
   Las partidas financiadas con cargo a FIMTOP y Endeudamiento Externo,
serán administradas por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
   Estas partidas se ajustarán en el mismo porcentaje y oportunidad en que
se aplique, por parte del Poder Ejecutivo, la facultad prevista por el
artículo 82 de la ley 15.809, de 8 de abril de 1986.
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