RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1985




Promulgación: 24/12/1986
Publicación: 31/12/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1986
  •    Página: 895
Referencias a toda la norma

CAPITULO IV - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA

Artículo 127

   Los funcionarios que, reuniendo las condiciones prescriptas en el
inciso primero del artículo 7 de la presente ley, estén cumpliendo tareas
en el Tribunal de Cuentas, quedan alcanzados por el régimen establecido en
dicha norma.
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