PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1985 1990




Promulgación: 08/04/1986
Publicación: 21/04/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 764
Referencias a toda la norma

SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 16 - PODER JUDICIAL
NORMAS GENERALES

Artículo 543

 La Suprema Corte de Justicia destinará el producido de las enajenaciones
a la adquisición, construcción, reforma, mantenimiento o equipamiento de
locales para sede de sus dependencias, pudiendo depositar el mismo en el
Banco Hipotecario del Uruguay, en unidades reajustables, en una cuenta
especial que se abrirá al efecto, mientras no pueda ser utilizado para los
fines indicados.
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