PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1985 1990




Promulgación: 08/04/1986
Publicación: 21/04/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 764
Referencias a toda la norma

SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 16 - PODER JUDICIAL
NORMAS GENERALES

Artículo 542

  La Dirección General del Catastro Nacional y Administración de Inmuebles
del Estado, determinará el valor mínimo por el cual se podrá realizar la
enajenación. Asimismo asesorará a la Suprema Corte de Justicia en lo
relativo a la estimación del valor de la prestación de la otra parte
contratante, en el caso de que ella no fuere en dinero o sólo lo fuere
parcialmente.
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