PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1985 1990




Promulgación: 08/04/1986
Publicación: 21/04/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 764
Referencias a toda la norma

SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 16 - PODER JUDICIAL
NORMAS DE EJECUCION PRESUPUESTAL

Artículo 527

  Facúltase a la Suprema Corte de Justicia a cancelar, con los proventos
que administra, las cuentas impagas de gastos comunes que adeude el Poder
Judicial, correspondientes a ejercicios vencidos.
Ayuda