PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1985 1990




Promulgación: 08/04/1986
Publicación: 21/04/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 764
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 13 - MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 503

  Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 53 de la presente ley,
autorízase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a que, a partir del
1º de enero de 1986, proceda a practicar un ajuste de la retribución de
sus funcionarios para su equiparación.

  Créase una partida de N$ 4.967.000 (cuatro millones novecientos sesenta
y siete mil nuevos pesos), en el programa 008 "Administración General", a
los fines establecidos en el inciso anterior, que se habilitará en el
subrubro 06 "Retribuciones Adicionales", con la denominación "Equiparación
de Escalafones".
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