PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1985 1990




Promulgación: 08/04/1986
Publicación: 21/04/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 764
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 12 - MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 465

   Asígnase al Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública", una partida anual
de N$ 265.484.000 (doscientos sesenta y cinco millones cuatrocientos
ochenta y cuatro mil nuevos pesos) para incremento de "Retribuciones de
Servicios Personales" y "Cargas Legales" respectivamente.

   El Poder Ejecutivo distribuirá dicha partida entre los distintos
programas, rubros, subrubros y renglones, según corresponda, dando cuenta
a la Asamblea General.

   La referida distribución deberá ser comunicada a la Contaduría General
de la Nación.
Referencias al artículo
Ayuda