PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1985 1990




Promulgación: 08/04/1986
Publicación: 21/04/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 764
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 12 - MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 459

    El Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Salud Pública, hasta
tanto se aprueba la reestructura autorizada por el artículo 53 y previo
informe de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría
General de la Nación, adecuará las estructuras de los cargos de este
Inciso a la nueva estructura programática que se aprueba por la presente
ley.
   Tal adecuación no podrá significar modificación en el número de cargos
ni el escalafón y grado respectivos, no pudiendo implicar en ningún caso
lesión de derechos.
Ayuda