SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Artículo 434
Incorpórase al Registro Público y General de Comercio al Programa 020
"Inscripción y Certificación de Actos y Contratos".
Los funcionarios que revistan en el padrón presupuestal del Registro
Público y General de Comercio, sin perjuicio de continuar desempeñando sus
tareas en el mismo, pasarán a integrar la planilla de la unidad ejecutora
032 "Dirección General de Registros", conservando su actual grado y
escalafón.