SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Artículo 413
Créase la Fiscalía Letrada Departamental de Dolores, la que actuará
con los cometidos que les son asignados a los Fiscales Letrados
Departamentales, dentro de la jurisdicción del Juzgado Letrado de Primera
Instancia de Dolores.
Créanse un cargo de Fiscal Letrado Departamental y un cargo de
Administrativo V, destinados a la Fiscalía Letrada Departamental que por
la presente ley se crea.