PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1985 1990




Promulgación: 08/04/1986
Publicación: 21/04/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 764
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 07 - MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 312

  Elévase a 1.000 UR (un mil unidades reajustables), el tope de las multas
a imponerse por la Dirección de Contralor de Semovientes, Frutos del País,
Marcas y Señales (DICOSE), por la incursión en las infracciones previstas
en las normas que asignaron funciones de fiscalización a la Dirección
Nacional de Contralor de Semovientes, Frutos del País, Marcas y Señales
(DINACOSE).
  En la aplicación de dichas multas, deberá guardarse una razonable
proporción entre la sanción y la infracción cometida. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 314.
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