SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 06 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 281
Las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares de la República
acreditadas en el exterior están autorizadas a realizar, dentro de las
partidas asignadas, las adquisiciones de muebles, aparatos, artefactos,
instalaciones y máquinas de oficina, necesarios para la prestación de los
servicios correspondientes.