PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1985 1990




Promulgación: 08/04/1986
Publicación: 21/04/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 764
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 05 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 231

    Créanse cuatro áreas funcionales en la unidad ejecutora 003
"Inspección General de Hacienda": Area 1, Sector Público; Area 2, Sector
Privado; Area 3, Sector Jurídico y Area 4, Administración General.

   Las funciones correspondientes a la Dirección de las mismas, serán
desempeñadas por funcionarios de la referida unidad ejecutora, que
ocupen los cuatro grados superiores de la estructura vigente para cada
escalafón. (*)

   La Dirección General podrá, cuando lo estime conveniente para el mejor
cumplimiento de las funciones, revocar dicha designación, en cuyo caso el
funcionario pasará a desempeñar las funciones del cargo del cual es
titular. Quienes fueren llamados a cumplir las funciones a que se hace
referencia en el inciso anterior, percibirán una remuneración
complementaria del 25% (veinticinco por ciento).


(*)Notas:
Inciso 2º) redacción dada por: Ley Nº 18.046 de 24/10/2006 artículo 69.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 15.809 de 08/04/1986 artículo 231.
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