PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1985 1990




Promulgación: 08/04/1986
Publicación: 21/04/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 764
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 03 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 180

  Los programas de construcción de ciento setenta y ocho viviendas por
parte del Servicio de Asistencia Social de las Fuerzas Armadas, serán
financiados con préstamos del Banco Hipotecario del Uruguay, los que serán
reintegrados por dicho Servicio con cargo a los recursos propios
percibidos por concepto de arrendamiento de viviendas.
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