SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 02 - PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Artículo 123
Transfiérese en el programa 010 "Elaboración, Supervisión y
Coordinación de la Estadísticas Nacionales" la cantidad de N$ 2.500.000
(dos millones quinientos mil nuevos pesos) del rubro 3 a los rubros 0 y 1,
con la finalidad de atender las contrataciones de personal, en el régimen
previsto por el artículo 127 de la presente ley, para llevar a cabo las
tareas que demande la Encuesta Nacional de Hogares en el interior del
país.
A las personas que fueran contratadas a tales efectos no les serán
aplicables las normas vigentes sobre acumulación de cargos o contratos de
función pública y percibirán sus retribuciones por encuesta realizada. (*)
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 233/986 de 25/04/1986.