RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL - EJERCICIO 1984




Promulgación: 13/09/1985
Publicación: 24/09/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 679
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - FUNCIONAMIENTO

Artículo 6

  A los efectos del cálculo del límite del crédito en cuenta corriente
otorgado por el Banco Central del Uruguay al Poder Ejecutivo, conforme al
artículo 255 de la ley 13.320, de 28 de diciembre de 1964, con la
modificación dispuesta por el artículo 483 de la ley 13.892, de 19 de
octubre de 1970, no se computará el monto utilizado al 28 de febrero de
1985.
Referencias al artículo
Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1 Banco de Datos de IM.P.O.
Logo IMPO - Centro de Información Oficial

Error

Se ha producido un error interno del sistema

Se ha enviado un mail al Centro de Cómputos con los datos del error.

El mismo será resuelto a la brevedad.

Muchas Gracias.





impo@impo.com.uy - 18 de julio 1373 - CP 11.200 - TEL: 2908 5042 , 2908 5180 , 2908 5276 - FAX: 2902 3098 - Horario de atención al público: 9:30 a 16:00 hs.