RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL - EJERCICIO 1984




Promulgación: 13/09/1985
Publicación: 24/09/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 679
Referencias a toda la norma

CAPITULO VI - DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 48

  Se faculta al Ministerio de Salud Pública, a que con los descuentos que
se practiquen a los funcionarios del Inciso 12 por inasistencias
individuales no justificadas, forme un fondo para acceder el pago de
aquellos que sustituyan en sus funciones a los inasistentes.
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