RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL - EJERCICIO 1984




Promulgación: 13/09/1985
Publicación: 24/09/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 679
Referencias a toda la norma

CAPITULO VI - DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 47

   Créase en los Programas que se establecen a continuación partidas por
una sola vez, con destino al Renglón 0.6.1. derivado 301 "Retribuciones
Adicionales por Trabajo en Horas Extras" por los siguientes importes:

   En el ex-Inciso 14 "Ministerio de Justicia":

 -Programa 1.01 "Administración y supervisión general y servicios
administrativos de apoyo al Poder Judicial" nuevos pesos 34:849.378
(nuevos pesos treinta y cuatro millones ochocientos cuarenta y nueve
mil trescientos setenta y ocho); Justicia Administrativa (Tribunal de lo
Contencioso-Administrativo) N$ 1:834.107 (nuevos pesos un millón
ochocientos treinta y cuatro mil ciento siete);

 -Programa 1.03 "Inscripción y certificados de Actos, Contratos y
Servicios Notariales" para la Dirección General de Registros N$
4:600.000,00 (nuevos pesos cuatro millones seiscientos mil); y para
el Registro Público y General de Comercio N$ 387.695,00 (nuevos pesos
trescientos ochenta y siete mil seiscientos noventa y cinco);

 -Programa 1.04 "Ministerio Público y Fiscal" N$ 7:280.968 (nuevos
pesos siete millones doscientos ochenta mil novecientos sesenta y ocho);

 -Programa 1.05 "Servicios Conexos con la Administración de Justicia"
N$ 9:573.422 (nuevos pesos nueve millones quinientos setenta y tres mil
cuatrocientos veintidós).

En el actual Inciso 16 "Poder Judicial":

 -Programa 1.01 "Justicia Ordinaria" (Secretarios y Actuarios) N$
7:153.094 (nuevos pesos siete millones ciento cincuenta y tres mil
noventa y cuatro);

 -Programa 1.02 "Justicia Administrativa" N$ 268.487 (nuevos pesos
doscientos sesenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y siete) (Secretarios
y Actuarios).
Los fondos no utilizados, de las partidas precedentes, podrán ser
destinados en los organismos anteriormente indicados, con los fines que
éstos determinen.
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