LEY ORGANICA DE LA JUDICATURA Y DE ORGANIZACION DE LOS TRIBUNALES (LOT)




Promulgación: 24/06/1985
Publicación: 08/07/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 1420
Ver: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
      Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13,
      Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 652.
Referencias a toda la norma

TITULO II - DE LA JURISDICCION Y COMPETENCIA
CAPITULO V - DE LA ORGANIZACION Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES SEGUN LA MATERIA, CUANTIA Y GRADO DEL ASUNTO
SECCION V
1 - DE LOS JUZGADOS LETRADOS DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL

Artículo 68

  Los Juzgados Letrados de Primera Instancia en lo Civil entenderán:

 1) En primera instancia de los asuntos de jurisdicción contenciosa,
civil, comercial y de hacienda, cuyo conocimiento no corresponda a
    otros jueces.

 2) En segunda y última instancia, de las apelaciones que se deduzcan
    contra las sentencias de los Jueces de Paz Departamentales de la
Capital.

(*)Notas:
Ver: Ley Nº 15.770 de 16/09/1985 artículo 1 (interpretativo).
Referencias al artículo
Ayuda