PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1973 1976




Promulgación: 14/03/1973
Publicación: 20/03/1973
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1973
  •    Página: 580
Referencias a toda la norma

SUELDOS, GASTOS E INVERSIONES
CAPITULO III - RETRIBUCIONES ESPECIALES
INCISO 28 - BANCO DE PREVISION SOCIAL

Artículo 598

   (Fondo para estudios de Seguridad Social).- Autorízase al Banco de 
Previsión Social a disponer anualmente hasta $ 15:000.000 (quince 
millones de pesos) para estudios y trabajos de planificación de un 
régimen nacional, de carácter general y unitario, de cobertura de todos los estados de necesidad bio-socio-económicos de los miembros de la comunidad amparados por el sistema de seguridad social mediante la concesión de prestaciones adecuadas, suficientes, oportunas y uniformes a efectos de mantener el nivel o ingreso básico de vida de sus integrantes en las condiciones que se determinarán en coordinaciones con el 
Ministerio de Trabajo y Seguridad social.
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