PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1973 1976




Promulgación: 14/03/1973
Publicación: 20/03/1973
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1973
  •    Página: 580
Referencias a toda la norma

SUELDOS, GASTOS E INVERSIONES
CAPITULO III - RETRIBUCIONES ESPECIALES
INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 403

   El funcionario judicial responsable de la devolución de la documentación a que se refiere el artículo anterior, que vencido el plazo no la hubiere restituido al Archivo General de la Nación, será sancionado con un descuento de 6 (seis) días de sueldo, la primera vez; de 15 (quince) días de sueldo la segunda vez; y la tercera vez se considerará falta grave que dará lugar a la instrucción del sumario correspondiente. 

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