PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1973 1976




Promulgación: 14/03/1973
Publicación: 20/03/1973
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1973
  •    Página: 580
Referencias a toda la norma

SUELDOS, GASTOS E INVERSIONES
CAPITULO III - RETRIBUCIONES ESPECIALES
INCISO 4 - MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 144

   Elévanse a $ 60.000 (sesenta mil pesos) y $ 10.000 (diez mil pesos) 
mensuales, respectivamente, las pensiones para el cónyuge supérstite y 
para cada hijo menor del causahabiente, establecidas en el inciso a) del 
artículo 63 de la Ley Nº 13.892, de 19 de octubre de 1970.

Referencias al artículo
Ayuda