PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1973 1976




Promulgación: 14/03/1973
Publicación: 20/03/1973
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1973
  •    Página: 580
Referencias a toda la norma

SUELDOS, GASTOS E INVERSIONES
CAPITULO III - RETRIBUCIONES ESPECIALES
INCISO 3 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 100

   Los Oficiales que habiendo pertenecido a las Armas Combatientes, 
hubieran pasado a los Escalafones de Servicios Auxiliares y se encuentren
en situación de retiro, podrán solicitar dentro de los 60 (sesenta) días 
de la fecha de la publicación de la presente ley, volver a integrar su 
Arma de origen. La solicitud presentada será considerada por el Poder 
Ejecutivo y en caso de ser otorgada no generará derechos por posibles 
haberes devengados y sus titulares permanecerán en situación de retiro 
con los grados que actualmente ostentan.

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