CREACION DE LA COMISION DEL PATRIMONIO HISTORICO, ARTISTICO Y CULTURAL DE LA NACION




Promulgación: 20/10/1971
Publicación: 27/10/1971
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1971
  •    Página: 1188
Reglamentada por: Decreto Nº 536/972 de 01/08/1972.
Referencias a toda la norma

Artículo 24

   El Poder Ejecutivo deberá reglamentar la presente ley dentro de
los noventa días a partir de su fecha de promulgación, debiendo solicitar
al respecto, previamente, la opinión de la Comisión del Patrimonio
Histórico, Artístico y Cultural de la Nación.
Referencias al artículo
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