CREACION DE LA COMISION DEL PATRIMONIO HISTORICO, ARTISTICO Y CULTURAL DE LA NACION




Promulgación: 20/10/1971
Publicación: 27/10/1971
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1971
  •    Página: 1188
Reglamentada por: Decreto Nº 536/972 de 01/08/1972.
Referencias a toda la norma

Artículo 23

   De los recursos que constituyen el Fondo Especial a que se refiere
el artículo 3.o, se destinará una partida anual a la Biblioteca del Poder
Legislativo, con el objeto de proceder a la impresión o reimpresión de
trabajos históricos y mantenimiento del acervo de que dispone en todo lo
vinculado con la gestión cumplida en la actividad parlamentaria.
   Regirá lo mismo en las cantidades estrictamente necesarias para
terminar la ornamentación del Palacio Legislativo de acuerdo con lo
previsto en el proyecto de las obras, para darle la magnificencia acorde
con su jerarquía edilicia.
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