LEY ORGANICA POLICIAL




Promulgación: 22/05/1971
Publicación: 26/05/1971
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1971
  •    Página: 952
Reglamentada por: Decreto Nº 876/971 de 28/12/1971.
Ver: Decreto Nº 75/972 de 01/02/1972 - Texto Ordenado de la Ley Orgánica 
Policial -.
Referencias a toda la norma

TITULO V - DEL REGIMEN DISCIPLINARIO

Artículo 78

   Las sanciones disciplinarias que podrán imponerse, acorde con la 
entidad de la falta cometida son:

a)  Observación verbal o escrita;
b)  Arresto simple o de rigor hasta 3 días;
c)  Multas de carácter pecuniaria
d)  Suspensión en la función hasta por 6 meses en el año, con 
    privación de los medios sueldos; 
e)  Privación de los medios sueldos hasta por 6 meses en el año, 
    con la obligación de prestar servicios en las condiciones que 
    se determinen; 
f)  Cesantía.

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 644/971 Derogada/o de 05/10/1971.
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