EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. MONTEVIDEO




Promulgación: 08/01/1971
Publicación: 13/01/1971
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1971
  •    Página: 34
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - De la adjudicación y destino de los lotes

Artículo 7

   A los fines de la enajenación posterior de los lotes resultantes 
de los fraccionamientos regulados por esta ley y la de las áreas 
sobrantes en la zona rural, la Intendencia Municipal de Montevideo queda
eximida de la prohibición contenida en el numeral 2 del artículo 37 de la
ley N.o 9.515, de 28 de octubre de 1935.
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