EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. MONTEVIDEO




Promulgación: 08/01/1971
Publicación: 13/01/1971
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1971
  •    Página: 34
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - De la expropiación

Artículo 3

   Decretada la toma urgente de posesión de los inmuebles relacionados
en el inciso 1.o del artículo 1.o, la Intendencia Municipal de 
Montevideo, procederá a regularizar las situaciones creadas en los
mismos, a cuyo efecto podrá subdividir los predios en unidades de menor extensión superficial y frontal que las previstas en las leyes Nos.
10.723 y 10.866, de 21 de abril y 25 de octubre de 1946, respectivamente.
   Idéntico tratamiento podrá adoptar para la subdivisión de los
inmuebles a que se refiere el inciso 2.o del artículo 1.o.
Referencias al artículo
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