Durante el plazo previsto por el artículo 8.o, todos los actos y
contratos a que dé lugar la ejecución y cumplimiento de la presente ley,
quedan exentos de pago de papel sellado y de todo otro tributo, así como
de cargas y aportes sociales, incluso los administrados por la Comisión
Honoraria de Asistencia Médica y Subsidio por Enfermedad para el Personal
de la Construcción (CHAMSEC).