CAPITULO IV - Disposiciones Generales
La Intendencia Municipal de Montevideo ejercerá las competencias establecidas en el numeral 26 del artículo 35 de la ley N.o 9.515, de 28 de octubre de 1935 sobre toda clase de edificación en las zonas urbana, suburbana y rural del departamento.Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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