TITULO I - RENDICION DE CUENTAS Y EGRESOS CAPITULO XX - FONDO NACIONAL DE INVERSIONES DISPOSICIONES VARIAS MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Artículo 342
Auméntanse en $ 450:000.000 (cuatrocientos cincuenta millones de pesos), para el período 1971-1972, las partidas asignadas a los apartados
G "Estudios" de los Programas 08, 09 y 10 del Inciso 10 "Ministerio de Obras Públicas" que se destinan a atender gastos de estudio, dirección, contralor, vigilancia y administración de obras. Dichas partidas representan el 3% (tres por ciento) de la inversión programada con cargo
a la Cuenta "Inversiones del Ministerio de Obras Públicas" y se aplicarán
de acuerdo con la siguiente distribución por programa:
$
Programa 08 200:000.000
Programa 09 100:000.000
Programa 10 150:000.000