TITULO I - RENDICION DE CUENTAS Y EGRESOS CAPITULO XVII - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION INCISO 16 - PODER JUDICIAL
Artículo 215
Agrégase a los cargos enumerados en el inciso primero del artículo 331
de la Ley Nº 13.640, de 26 de diciembre de 1967, los de Subdirector de
Secciones de la Suprema Corte de Justicia y los de Oficial Mayor de los
Tribunales de Apelaciones.