El Personal Civil, presupuestado, escalafonado y codificado del Inciso
4 "Ministerio del Interior", Programas, 4.03, 4.04, 4.05, 4.06 y 4.07,
pertenecientes a los Códigos Ab, Ac y Ad, podrá optar dentro de un plazo
de treinta días de publicación de la presente ley por su pase al Escalafón Bg, y de acuerdo al cuadro de equivalencias dispuesto en el artículo 76 de la Ley número 13.640, de 26 de diciembre de 1967. También podrá optar por su sola voluntad a pasar a integrar las listas de disponibilidad establecidas en la ley antes mencionada.